Condiciones generales de venta
Turbo Cádiz, servicios de turbocompresores
1. Generalidades.
1.1.
Las ventas y suministro de componentes de servicios y sistemas, servicios, reparaciones, montajes, trabajos, instalaciones y obras (en adelante servicios y/o suministros) a ejecutar por TURBO CADIZ (en adelante TC) se rigen por las presentes Condiciones Generales de Venta, Reparación y Mantenimiento, excepto en todo aquello que esté expresamente acordado de forma distinta en la oferta correspondiente o en la aceptación del pedido y que constituirá las condiciones particulares del mismo. Es por ello que carecen de valor a todos los efectos, cualesquiera otras condiciones que no se hayan aceptado expresamente por TC.
1.2.
Se considera que las presentes Condiciones Generales han sido comunicadas al Cliente desde el momento en que éste recibe una oferta de TC acompañada de estas Condiciones. Alternativamente, se consideran como comunicadas si el cliente las recibió previamente en el curso de su relación comercial con TC, considerándose en este caso aceptadas por el cliente a todos los efectos al cursar su pedido. Asimismo se considerará que las presentes Condiciones Generales han sido comunicadas al cliente desde el momento en que a éste se
le comunica la existencia de las mismas mediante la hoja de la oferta donde se cita textualmente que dicha oferta está sujeta a las condiciones de venta y reparación, considerándose a todos los efectos al cursar su pedido.
2. propiedad intelectual e industrial
2.1.
La propiedad intelectual y/o industrial de la oferta, en todos sus términos, y la información adjunta a la misma, así como la de los equipos objeto del servicio y la de los elementos, planos, dibujos, “software”, etc., incorporados o relativos al mismo pertenece a TC, por lo que queda expresamente prohibida su utilización por el cliente para otros fines que no sean la cumplimentación del pedido, así como su copia total o parcial o cesión de uso a favor de terceros sin el previo consentimiento por escrito de TC.
3. Oferta y conclusión del contrato
3.1.
Todas las ofertas se entienden sin compromiso.
3.2.
Estas condiciones se considerarán también aceptadas por el cliente si éste
acepta las prestaciones de TC o si realiza prestaciones por sí mismo.
3.3.
Condiciones ajenas a TC no serán parte integrante del contrato sin la
aprobación escrita de TC.
4. Formalización de pedidos y alcance de la prestación.
4.1.
El alcance del servicio deberá estar claramente especificado en el pedido del cliente. Para que se considere efectivo, el pedido tiene que recibir una aceptación expresa por parte de TC, exceptuándose los casos en que, dado el carácter periódico del servicio, de mutuo acuerdo, se haya eliminado este requisito.
4.2.
El suministro incluye únicamente los servicios objetos del pedido. Cualquier otro
servicio, trabajo o actividad no incluido de forma explícita en el pedido del
Cliente, aprobado por TC y que sea necesario, directa o indirectamente para la
ejecución de los servicios, será por cuenta y obligación del cliente. En el
apartado 8 “Trabajos preparatorios. Trabajos, servicios y suministros no
contratados. Permisos y autorizaciones”, se incluyen provisiones al respecto.
4.3.
Las modificaciones y/o variaciones del alcance de un pedido que pueda
proponer una de las partes deben notificarse a la otra parte, siempre por escrito
y para que sean válidas, tiene que ser expresamente aceptadas por ambas
partes.
4.4.
Los pesos, dimensiones, capacidades, especificaciones técnicas y
configuraciones referentes a los productos de TC incluidos en catálogos,
folletos, prospectos y literatura técnica, tienen carácter orientativo y no
vinculante, con excepción de los casos en que TC acepte una especificación
cerrada del Cliente, la cual tiene que formar parte de los documentos del
pedido.
4.5.
Las modificaciones y/o variaciones del alcance, plazos o demás términos de un
pedido que pueda proponer una de las partes deben notificarse a la otra parte,
siempre por escrito y para que sean válidas, deberán ser aceptadas por dicha
parte. Tendrán igualmente la consideración de modificaciones y/o variaciones
aquellas provocadas por cambios en la legislación, reglamentación y normativa
aplicable que se produzcan tras la fecha de presentación de la oferta
correspondiente; si tales modificaciones y/o variaciones vinieran a imponer
obligaciones adicionales o más onerosas sobre TC, éste tendrá derecho a que
se realice un ajuste equitativo de los términos contractuales que refleje
plenamente las consecuencias de la ley o regulación nueva o modificada.
5. Precios.
5.1.
Los precios de los servicios, tanto por sistemas, personal y empleo de equipos
auxiliares, material de transporte, consumibles, etc., se basan en las tarifas
unitarias y los precios de transferencia vigente en cada momento. Las tarifas
unitarias y precios de transferencias son netos y no incluyen IVA ni ningún
impuesto o tasa, que serán repercutidos posteriormente en la factura a los tipos
correspondientes.
5.2.
En caso que se haya estimado un número de horas para las distintas
actividades que componen los servicios, se indica que este número de horas
tiene carácter orientativo, facturándose las horas efectivamente realizadas, que
incluirán el tiempo de desplazamiento y de espera.
5.3.
Los precios indicados en la oferta se entienden por las condiciones de pago
especificado en la misma. Si estas condiciones de pago se modifican, los
precios de la oferta serán revisados.
5.4.
Los precios están calculados sobre la base de costos en la fecha de la oferta.
TC se reserva el derecho de revisar los precios en el caso de producirse
modificaciones en los jornales, en los costes de material, gastos de transporte o
en otros factores que afecten a los costos.
5.5.
Salvo que exista una estipulación contraria en el pedido o un acuerdo al
respecto entre el cliente y TC derivado de su relación comercial, los precios del
suministro no incluyen embalaje, transporte, cargas ni seguros y se consideran
situados en almacén de TC. Estos precios son únicamente válidos para el
pedido de la totalidad de los materiales especificados en la oferta.
5.6.
En el caso de ofertas previas al pedido, los precios ofertados tienen validez de
un mes y en este periodo se considerarán como fijos en las condiciones de
pago especificadas en la oferta, salvo que el servicio ofertado consista en
equipos importados sujetos a contingencias de cambio de moneda o a pago de
aranceles y tasas, en cuyo caso el precio de la oferta se ajustaría en función de
dichas variaciones.
5.7.
Una vez aceptado el pedido por cliente, los precios de los servicios se
consideran fijos y no sujetos a revisión. No obstante, será aplicable una revisión
de precios cuando:
5.7.1.
Se haya convenido expresamente entre el Cliente y TC.
5.7.2.
Se haya retrasado el plazo de ejecución de los servicios o la aceptación
de los mismos, por causa directa o indirectamente imputable al cliente.
5.7.3.
Se haya modificado el alcance de los servicios a petición del cliente y
en general se produzca cualquier variación y/o modificación en virtud de
lo establecido en las presentes Condiciones.
5.7.4.
En el supuesto de que los precios se hayan cotizado en una moneda
distinta al euro, la variación de la paridad que experimente la moneda
con respeto al euro desde la fecha de pago efectivo, motivarán el
correspondiente ajuste del precio del servicio.
5.7.5.
El cliente haya suspendido unilateralmente el servicio objeto de pedido.
6. Condiciones de pago.
6.1.
La oferta de TC, o, en caso de que no existiese tal, el pedido del Comprador
aceptado por TC, incluirá las condiciones de pago del Suministro. También se
podrán emplear unas condiciones de pago previamente especificadas en el
marco de un acuerdo de relación comercial continua entre el Comprador y TC.
Dichas condiciones de pago deberán atenerse a lo previsto en la Ley 15/2010,
de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que
se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones
comerciales, sin superar en ningún caso los plazos máximos establecidos en la
misma.
6.2.
En defecto de otro pacto, el plazo de pago será de sesenta (60) días después
de la prestación de los servicios prestados.
6.3.
El pago se realizará en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria de TC
o mediante otro procedimiento acordado. El pago se realizará sin ninguna
deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos
o tasas, o cualquier otra deducción.
6.4.
Si, por causas ajenas a TC se retrasase la ejecución de los servicios, entrega,
montaje o puesta en marcha o la recepción del suministro, se mantendrán las
condiciones y plazos de pago contractuales.
6.5.
En caso de retraso en los pagos por parte del Cliente, éste tendrá que pagar a
TC sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los
intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán conforme a lo
previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. El pago de estos
intereses no liberará al Cliente de la obligación de realizar el resto de los pagos
en las condiciones acordadas.
6.6.
En caso de que el Cliente incurra en retrasos en los pagos acordados, TC
podrá suspender de forma provisional o definitiva, a su elección, el envío del
suministro o la ejecución de los servicios, sin perjuicio de requerirle al cliente la
realización de los pagos atrasados y de reclamarle, en su caso,
compensaciones adicionales por esta suspensión del suministro o ejecución de
los servicios acordados.
6.7.
La formulación de una reclamación por parte del Cliente, no da derecho al
mismo a la suspensión o deducción alguna en los pagos comprometidos.
6.8.
Los equipos y materiales objeto de pedido se suministrarán bajo reserva de
dominio a favor de TC, hasta el total cumplimiento de las obligaciones de pago
del Cliente, quedando obligado éste último a cooperar y adoptar cuantas
medidas sean necesarias o convenientes y las que proponga TC para
salvaguardar su propiedad sobre dichos equipos y materiales.
6.9.
Al excederse el plazo de pago convenido, y sin perjuicio de otros derechos
legales, se cargarán intereses anuales, calculándose éstos aplicando por el
periodo de demora una tasa de interés del EURIBOR más 4,5%. El pago de
estos intereses no liberará al Cliente de la obligación de realizar el resto de los
pagos en las condiciones acordadas.
6.10.
En el caso de que el Cliente no cumpla sus obligaciones de pago, de que
empeore considerablemente su situación económica o suspenda sus pagos, se
considerará vencida la totalidad de su deuda restante, incluso en el caso de que
se hallen en circulación letras de cambio con vencimiento posterior.
7. Plazo y condiciones de entrega de materiales y ejecución de servicios.
7.1
El pedido especificará con claridad el plazo de ejecución de los servicios.
7.2
El plazo de entrega se entiende para el material puesto en la posición y
condiciones indicadas en la aceptación del pedido. En caso de no especificarse
la posición de entrega en el mismo, se considerará el suministro situado en los
talleres o almacenes de TC. Para que el plazo de entrega obligue a TC, el
Cliente deberá haber cumplido estrictamente con el programa de pagos, en su
caso.
7.3
El plazo de entrega o ejecución de los servicios será modificado cuando:
7.3.1
El Cliente requiera modificaciones en el pedido, que sean aceptadas
por TC y que a juicio de TC, requieran una extensión del plazo de
entrega o ejecución del servicio.
7.3.2
Para la realización del servicio sea imprescindible la ejecución de
trabajos por parte del Cliente o sus subcontratistas y éstos no se hayan
ejecutado a tiempo.
7.3.3
El Cliente haya incumplido alguna de las obligaciones contractuales del
pedido, en especial la que se refiere a pagos.
7.3.4
Por parte del Cliente no se hayan realizado los trabajos preparatorios o
no se hayan cumplimentado las obligaciones, trabajos, servicios y
suministros que no sean responsabilidad de TC o no se hayan obtenido
los permisos y autorizaciones necesarios.
7.3.5
Por causa no directamente imputable a TC se produzcan retrasos en la
producción o disposición de todos o algunos de los elementos del
suministro. De forma ilustrativa pero no limitativa, se incluyen las
siguientes causas de retraso: huelgas de suministradores, transportes y
servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de
transportes, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, paros de
personal de TC o sus Licenciatarios, sabotajes, paradas accidentales
en los talleres de TC o sus Licenciatarios por averías, etc. y las causas
de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente tal y como se
establece en la cláusula 22.
7.3.6
El Cliente haya suspendido unilateralmente el servicio objeto de pedido.
7.3.7
En los casos anteriores, los aplazamientos en el plazo de entrega no
modificarán la programación de pagos del servicio.
7.4
En caso de producirse un retraso en la entrega de los equipos y materiales
objeto del pedido directamente imputable a TC, el Cliente aplicará la penalidad
acordada previamente con TC siendo dicha penalidad la única acción
indemnizatoria posible por causa de retraso.
8. Trabajos preparatorios, trabajos, servicios y suministros no contratados, permisos y autorizaciones.
8.1
El Cliente debe llevar a cabo de manera apropiada en plazo, por su cuenta y
responsabilidad los trabajos preparatorios necesarios para que TC pueda
ejecutar los servicios en las condiciones y plazos acordados: accesos,
acometida de agua, iluminación, electricidad, montajes previstos, etc.
Asimismo, el cliente tiene que entregar a TC la documentación necesaria
(dibujos, planos, especificaciones,..) y la planificación adecuada de los trabajos
de su responsabilidad para que TC pueda realizar una ejecución correcta y no
interferida de los servicios contratados.
8.2
Si el Cliente toma el compromiso de proveer el personal auxiliar necesario para
ciertos trabajos relaciones o complementarios con la ejecución de los servicios,
este personal tendrá la debida cualificación. El Cliente tiene que responsabilizarse de que dicho personal esté al corriente de todas las obligaciones legales y laborales, según la legislación vigente y de que cumpla
con escrupulosidad todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo. En
cualquier caso TC no adquiere responsabilidad alguna por estos trabajos.
8.3
El Cliente debe obtener a su cargo y bajo su responsabilidad todos los permisos
y autorizaciones necesarios para que los servicios sea ejecutados por TC de
acuerdo con la reglamentación aplicable.
9. Jornada laboral. Facilidades para ejecución de los servicios.
9.1
El Cliente ajustará en lo posible la jornada laboral de sus empleados o
contratistas a la jornada laboral de TC, si éste tuviese actividad industrial en el
lugar de ejecución de los servicios. No obstante, cuando se requiera evitar
interferencias, se aprovechen paradas o se trate de servicios en plantas o
buques en procesos de construcción o reparación, se adoptará una jornada
laboral adaptada al caso específico.
9.2
En cualquier caso, las jornadas laborales de los empleados de TC en cuanto a
duración, horas extraordinarias, pausas y periodos de descanso se adaptarán a
la legislación laboral vigente y los convenios de su sector. Si por razones ajenas
a TC se realizara una jornada inferior a la jornada laboral legalmente
establecida sin haberse considerado este extremo en la oferta, se facturará la
jornada laboral legalmente establecida.
9.3
Cualquiera que sea la jornada laboral adoptada, el Cliente debe proporcionar el
entorno de trabajo más adecuado posible para la ejecución de los servicios:
iluminación, calefacción, seguridad, vigilancia, etc.
9.4
El Cliente debe poner a disposición de TC las facilidades operativas necesarias
tales como: accesos a sanitarios, lugar para comidas, vestuario, almacén para
materiales, herramientas y equipos, vigilancia, etc.
10. Subcontratación
10.1
TC podrá realizar subcontrataciones de parte de los trabajos incluidos dentro de
la ejecución de los servicios. No obstante TC mantendrá la total responsabilidad
de la calidad y plazo de ejecución de los servicios contratados.
11. Seguridad laboral
11.1
El Cliente es el único responsable de la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y de la salud en el trabajo, siendo pues responsable de (i) la información de los riesgos propios del centro de trabajo en el que se desarrollarán los trabajos contratados, (ii) las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia, (iii) la coordinación entre los diversos contratos y contratistas que, en su caso, participen en un determinado proyecto, (iv) las funciones de consulta, participación y formación a los trabajadores y, en general, (v) cuantas otras obligaciones en materia de seguridad e higiene en el trabajo se deriven de la aplicación de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, tanto respecto a sus propios trabajadores como a los de sus contratistas.
11.2
Además de lo anterior, se deberán aplicar las normas de prevención que
procedan conforme a la normativa interna de TC. No obstante, en caso de que
las del Cliente fuesen más exigentes, se cumplirán estas últimas.
11.3
TC está facultado para llevar a cabo la paralización de la ejecución de los
servicios de acuerdo con el artículo 21 de Ley 31/1995 si considera que la
seguridad del personal no está garantizada, gozando de una extensión de plazo
razonable cuando se produzca cualquier demora y siendo compensado por el
Cliente por cualquier pérdida o daño que sufra, tales como horas perdidas,
desplazamientos de personal, dietas, inmovilización de equipos y herramientas,
etc., respecto a las obligaciones y responsabilidades previstas en la presente
cláusula y las contempladas en la antedicha Ley 31/1995, de Prevención de
Riesgos Laborales.
12. Transporte y seguro.
12.1
Salvo acuerdo previo con el Cliente, los embalajes de los equipos y materiales objeto del pedido serán objeto de un cargo adicional sobre el precio de venta, no admitiéndose la devolución de los mismos. Según Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, como receptor final de nuestro embalaje, es responsabilidad del Cliente dar el tratamiento medioambiental más adecuado al mismo (valoración, reutilización o reciclado).
12.2
Salvo acuerdo previo con el Cliente, el transporte, incluyendo las cargas y descargas, se realizará a coste y bajo riesgo de éste, por lo que TC es ajeno a cualquier reclamación respecto a daño o menoscabo del suministro, siendo por cuenta del Cliente la asunción de dichos riesgos.
12.3
Si los equipos se encuentran listos para proceder a su suministro o, alternativamente, en espera de realizar pruebas acordadas, y el Cliente no los retira o no llega a un acuerdo con TC para que sean almacenados en sus instalaciones en unas condiciones pactadas, todos los gastos ocasionados por el almacenaje, evaluados a criterio de TC, serán a cargo del cliente, quien también correrá con todos los riesgos que pueda sufrir el material almacenado.
13. Inspección y recepción.
13.1
Salvo estipulación expresa en contrario incluida en la oferta de TC o pedido del Cliente aceptado por TC, las inspecciones y ensayos durante la producción y la inspección final previa al envío del suministro serán realizados por TC. Cualquier ensayo adicional requerido por el Cliente deberá ser especificado en el pedido, relacionándose la normativa aplicable y el lugar y entidad, en su caso, en que se realizarán estos ensayos. Estos ensayos adicionales deberán contar con la aprobación de TC y se realizarán por cuenta del Cliente.
13.2
Una vez recibido el suministro, el Cliente verificará el contenido del mismo en un plazo no superior a 15 días naturales desde su recepción, para comprobar eventuales defectos y/o faltas que pudiesen ser imputables a TC, comunicando, en su caso, de forma inmediata a TC la existencia de estos defectos y/o faltas.
13.3
Si el suministro presenta defectos y/o faltas imputables a TC, éste tomará las medidas necesarias para su eliminación.
13.4
Salvo el caso en que se hayan establecido pruebas de recepción en condiciones y fechas convenidas entre TC y el cliente, en la forma indicada en el apartado 13.1, una vez transcurridos los 15 días naturales desde la recepción del suministro por parte del Cliente sin que TC haya recibido una comunicación escrita sobre eventuales defectos o faltas, se considerará que el suministro ha sido aceptado, comenzándose a contar a partir de este momento el periodo de garantía.
13.5
Se considerará, a todos los efectos, que el suministro ha sido recibido por el Cliente si, habiéndose acordado pruebas de recepción, éstas no se llevan a cabo en el periodo estipulado por razones no imputables a TC o si el Cliente comienza a utilizar el suministro.
14. Trabajos defectuosos.
14.1
TC efectuará los trabajos con los especialistas a su disposición. Los defectos en el trabajo reconocidos por TC serán eliminados sin coste adicional alguno por TC, con exclusión de otras reclamaciones.
14.2
Para llevar a cabo los trabajos necesarios para eliminar defectos el Cliente tendrá que:
a) Conceder el tiempo y la ocasión necesarios.
b) Ceder por su cuenta obreros auxiliares, utillaje y equipo, así como realizar trabajos secundarios.
14.3
El Cliente solamente podrá formular una reclamación ante TC si:
a) La aparición de un defecto ha sido comunicado inmediatamente a TC.
b) Si no se han llevado a cabo trabajos de retoque sin autorización de TC.
14.4
Los derechos a la eliminación de defectos caducan a los seis meses después de la fecha de la reclamación en regla.
15. Devolución de materiales. Reclamaciones.
15.1
En ningún caso TC admitirá devoluciones de materiales sin previo acuerdo al respecto con el Cliente. Se establece un plazo de 15 días naturales desde que el suministro ha sido recibido por el cliente, para que éste notifique a TC su intención de realizar una devolución y la justificación de la misma, y acuerde con TC, en su caso, el procedimiento de la devolución. En cualquier caso, las reclamaciones del Cliente a TC deberán realizarse por escrito y de forma fehaciente.
15.2
Las devoluciones o envíos de material a las instalaciones de TC, ya sea para su abono, sustitución o reparación deberán hacerse siempre a portes pagados.
15.3.
En caso de una devolución por error en el pedido o por otras causas ajenas a TC, se cargará un 15% del valor neto de material devuelto en concepto de participación en los costes de revisión y acondicionamiento.
15.4
TC no admitirá devoluciones de materiales que hayan sido desprecintados de su embalaje original, utilizados, montados en otros equipos o instalaciones, o sujetos a desmontajes ajenos a TC.
15.5
TC tampoco admitirá devoluciones de productos diseñados o fabricados específicamente para el pedido.
16. Derecho del cliente a rescindir el contrato.
16.1.
El Cliente podrá rescindir el contrato por escrito cuando a TC le haya sido completamente imposible el cumplimento del contrato. Tratándose de imposibilidad parcial, el derecho a rescindir el contrato existirá solamente cuando el Cliente demuestre que el suministro parcial no es de interés para el Cliente. En caso de que la imposibilidad no sea imputable a TC, éste tendrá derecho a la remuneración correspondiente al trabajo efectuado. Están excluidos en todo caso los derechos a indemnización por daños y perjuicios por parte del Cliente.
17. Derecho de TC a rescindir el contrato.
17.1.
TC podrá rescindir el contrato total o parcialmente en caso de que el Cliente no cumpla una obligación importante, de que acontecimientos imprevistos modifiquen considerablemente la importancia económica o el contenido de la prestación o influyan considerablemente en las actividades de TC, o en caso de que empeoren sensiblemente las condiciones económicas del Cliente. En caso de que TC quiera hacer uso del derecho de rescisión, éste lo comunicará inmediatamente al Cliente, una vez reconocido el alcance del suceso.
18. Alcance de los derechos del cliente.
18.1.
La responsabilidad de TC se limitará al caso que mediare dolo o culpa grave por parte de sus órganos o personal directivo o cuando se hubiere quebrantado una obligación principal del contrato. TC responderá también en el caso que hubiere mediado dolo o culpa grave por parte de sus dependientes con ocasión de sus funciones responderá en forma irrestricta de conformidad con lo establecido en la ley. Independientemente TC responderá siempre y cuando y en la misma medida que el seguro contra el riesgo de responsabilidad civil de empresas de TC indemnice.
18.2.
Al faltar propiedades prometidas expresamente, la responsabilidad de TC, se limitará a la indemnización por daños ocurrido en el objeto mismo del suministro. TC responderá por daños acaecidos fuera del objeto suministrado en sí solamente cuando dicho daño se hubiere debido a la falta de una propiedad del objeto suministrado expresamente prometida por TC y dicha promesa hubiere tenido por finalidad proteger al Cliente precisamente contra el daño ocurrido. Se entenderá que son propiedades expresamente prometidas tan solo aquellas expresamente definidas como tales en el texto del contrato.
18.3.
La responsabilidad de TC por culpa grave según el apartado primero incisos 1º y 2º de esta cláusula, se limitará igualmente a la indemnización por daños ocurridos en el objeto mismo del suministro. Otros derechos distintos de los estipulados en estas condiciones o en el texto del contrato quedan excluidos. Esto tiene especial validez con relación a otras reclamaciones por daños y perjuicios, sean estas alegaciones de carácter contractual o legal.
18.4.
Al efectuarse trabajos en buques, TC no será responsable del buque ni del cargamento, y especialmente tampoco de la vigilancia, del seguro, del remolque, del halar ni del off-hire.
18.5.
Las piezas sustituidas en las instalaciones de TC quedarán almacenadas hasta un mes después de la finalización de los trabajos de reparación, por si el Cliente quisiera hacer uso de ellas. Una vez superado este plazo dichas piezas serán consideradas chatarra y retiradas de nuestras instalaciones.
18.6.
Si un material queda depositado en nuestras instalaciones pendientes de reparación, el cliente no tendrá derecho a reclamar los mismos pasados 6 meses sin haber aceptado el presupuesto.
19. Garantías.
19.1.
Salvo estipulación expresa en contrario, incluida en la oferta o la aceptación del pedido, TC garantiza los servicios que haya ejecutado en lo referente a defectos y errores de ejecución por un periodo de seis meses, contado a partir de la fecha de recepción de los servicios, sea ésta explícita (superación de inspección final acordada entre TC y Cliente y envío de escrito de aceptación de los Servicios), o tácita (15 días naturales después de finalización de los servicios sin comunicación escrita del cliente a TC indicando alguna disconformidad).
19.2.
La garantía expresada en el apartado 19.1 consiste en la reparación o sustitución (a elección de TC) de los elementos que se hayan reconocido como defectuosos, bien por defectos del material o por defectos de fabricación o de ensamblado o errores y defectos que se hayan reconocido como tales en los servicios ejecutados. Las reparaciones se entienden realizadas en los talleres de TC, siendo por cuenta del cliente los desmontajes, embalajes, cargas, transportes, aduanas, tasas, etc., originados por la remisión del material defectuoso a los talleres de TC y su posterior entrega al cliente. No obstante, podrá acordarse con el cliente la realización de las reparaciones en el lugar en que originariamente se ejecutaron los servicios, a elección de TC.
19.3.
Las reparaciones en elementos o sistemas específicos, no modifican la fecha de finalización del periodo de garantía del conjunto del Servicio ejecutado, que es la indicada en el apartado 16.1. Sin embargo, el elemento o sistema específico reparados tienen seis meses de garantía a partir de la fecha de finalización de la reparación.
19.4.
Cuando la garantía expresada en el apartado 19.1 consista en una sustitución que por urgencia deba ser inmediata, el Cliente se compromete a efectuar la devolución de la pieza o elemento defectuoso en un plazo no superior a 7 días a partir de la fecha de entrega de la nueva pieza o elemento. En el caso de no devolución de la sustituida se procederá a la facturación de la pieza enviada.
19.5.
Quedan excluidos de la garantía los daños a efectos debidos al desgaste por utilización normal de los equipos. Además quedan excluidos de la garantía, la cual se considerará asimismo caducada, los daños y efectos originados por: conservación o mantenimiento inadecuados, intento de rectificación o modificación de los equipos o sistemas, manejo erróneo o negligente, reparaciones y/o manipulaciones efectuadas por personal ajeno a la organización de TC, uso abusivo, utilización de líquidos y gases inadecuados, así como flujo o presión inadecuados, variaciones en la calidad del suministro eléctrico (tensión, frecuencia, perturbaciones) y, en general, cualquier causa que no sea imputable a TC.
19.6.
Asimismo, se considerará la garantía caducada si, en caso de que se haya estipulado la puesta en marcha de equipos con asistencia de personal de TC, éste se pone en marcha sin esta asistencia o si, en caso de avería, no se toman medidas para mitigar el daño.
19.7.
En ningún caso TC se hará cargo de las reparaciones efectuadas por personal ajeno a su organización.
19.8.
Toda petición de garantía debe adjuntar como mínimo los datos siguientes:
– Tipo de la pieza y/o componente.
– Nº de código de la pieza.
– Nº de serie de la pieza.
– Tipo del módulo dónde va instalada la pieza.
– Nº de código del módulo donde va instalada la pieza.
– Nº de serie del módulo donde va instalada la pieza.
– Fecha de puesta en servicio.
– Descripción del fallo.
19.9.
Pese a lo dispuesto en los apartados anteriores de la presente cláusula, TC no será responsable, en ningún caso, de los defectos en los equipos y materiales objeto del suministro o servicio por plazo superior a dos años contados a partir del inicio del plazo indicado en el apartado 19.1.
20. Limitación de responsabilidad.
20.1
En ningún caso TC es responsable de los daños indirectos y/o consecuenciales que pudiesen sobrevivir como resultado de la ejecución de los servicios, indicándose de forma ilustrativa, pero no limitativa: pérdida de producción, lucro cesante, coste de capital, costes de paradas, averías o paradas en los equipos sobre los que se ejecutaron los Servicios u otros equipos, deterioros o acciones en equipos, sistemas y edificios del cliente o terceros, accidentes laborales, daño nuclear, accidentes e incidencias contra el Medio Ambiente…
20.2
La responsabilidad de TC, sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso perjuicios derivados del lucro cesante, pérdida de ingresos, producción o uso, costes de capital, costes de inactividad, demoras y reclamaciones de clientes del comprador, costes de energía sustitutiva, pérdida de ahorros previstos, incremento de los costes de explotación ni cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o consecuenciales ni pérdidas de cualquier clase.
20.3
Cuando fuese necesario, a efectos de la reparación contratada, el transporte de piezas hasta/desde los talleres de TC, el cliente puede optar porque el transporte se realice por empresas del sector o por medios propios de TC. Cuando la opción sea por empresas ajenas a TC, si fuese necesario un seguro adicional al propio de estas empresas por el valor de la mercancía transportada, será de cuenta y cargo del cliente la contratación del mismo, siendo asimismo de cuenta del cliente las consecuencias de la falta de declaración de valor o contratación de dicho seguro. Si la opción fuese por medios propios de TC, será por cuenta y cargo del cliente la contratación del correspondiente seguro que cubra las incidencias del transporte atendiendo al valor de la mercancía transportada.
20.4
La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión restrinja en mayor medida la responsabilidad de TC.
21. Limitación de exportación.
21.1
El Cliente reconoce que los productos suministrados por TC pueden estar sujetos a provisiones y regulaciones locales o internacionales relativas al control de exportación y, que sin las autorizaciones para exportar o re-exportar de las autoridades competentes, no se puede vender, ni alquilar ni transferir los suministros ni tampoco utilizarlos para cualquier propósito que no sea lo acordado. El Cliente es responsable de cumplir con tales provisiones y regulaciones. Los productos suministrados no pueden ser utilizados ni directa ni indirectamente en conexión con el diseño, la producción, el uso o almacenamiento de armas químicas, biológicas o nucleares ni para los sistemas de transporte de las mismas. Los suministros no se pueden utilizar para aplicaciones militares ni nucleares sin el consentimiento previo por escrito de TC.
22. Fuerza Mayor.
22.1.
En caso de que TC se vea impedido, total o parcialmente, para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por causa de Fuerza Mayor, el cumplimiento de la/s obligación/es afectada/s quedará suspendido, sin responsabilidad alguna de TC, por el tiempo que sea razonablemente necesario según las circunstancias.
22.2.
Por Fuerza Mayor se entenderá cualquier causa o circunstancia más allá del control razonable de TC, incluyendo pero no limitado a, huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros,
fallos en los sistemas de transportes, catástrofes naturales, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, conflictos laborales, paros de personal de TC o sus Licenciatarios, sabotajes, actos, omisiones o intervenciones de cualquier tipo de gobierno o agencia del mismo, paradas accidentales en los talleres de TC o sus Licenciatarios por averías, etc. y demás causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente afectando directa o indirectamente las actividades de TC.
22.3.
Cuando ocurra una causa de Fuerza Mayor, TC lo comunicará al Cliente con la mayor brevedad posible, expresando dicha causa y su duración previsible. Igualmente comunicará el cese de la causa, especificando el tiempo en el que dará cumplimiento a la/s obligación/es suspendida/s por razón de la misma. La ocurrencia de un suceso de fuerza mayor dará derecho a TC a una extensión razonable del plazo de entrega.
22.4.
Si la causa de Fuerza Mayor tuviera una duración superior a tres (3) meses, las Partes se consultarán para tratar de hallar una solución justa y adecuada a las circunstancias, teniendo en cuenta las dificultades de TC. Si no pudiera hallarse dicha solución dentro de los siguientes 30 días, TC podrá dar por resuelto el pedido, sin responsabilidad por su parte, mediante aviso por escrito al Cliente.
23. Protección de datos y confidencialidad.
23.1
Las Partes deberán tratar confidencialmente todos los documentos, datos, materiales e información proporcionada por una de ellas a la otra y no revelarlos a ningún tercero, ni usarlos para ningún otro propósito distinto del cumplimiento y desarrollo del pedido, a menos que conste previamente por escrito el consentimiento de la otra Parte. Lo anterior no es obstáculo a que TC facilite el nombre del cliente y los datos básicos del suministro como parte de sus referencias comerciales.
23.2
Se le informa al Cliente que tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos contenidos en el Reglamento europeo 2016/679, relativo al tratamiento de datos de las personas físicas (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), dirigiéndose por escrito al responsable del tratamiento. El resto de información sobre el tratamiento de datos de carácter personal se podrá consultar más detalladamente en la web de TC (www.turbocadiz.com).
24. Resolución.
24.1
Cualquiera de las Partes podrá terminar inmediatamente el pedido por medio de notificación por escrito a la otra Parte, si la otra parte incumple, de manera sustancial, el mismo. Ningún incumplimiento del pedido será considerado sustancial a menos que la Parte que incumple haya sido notificada con antelación por escrito y no haya puesto remedio al incumplimiento dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación. Asimismo, serán causa de resolución los siguientes supuestos:
– La disolución y/o liquidación de cualquiera de las Partes, salvo en el marco de operaciones de fusión realizadas dentro del Grupo al que cada una pertenezca.
– El cese de actividad de cualquiera de las Partes.
– La persistencia de un Suceso de Fuerza Mayor/suspensión durante más de tres (3) meses desde la fecha de recepción por una de las Partes de la primera comunicación escrita enviada por la Parte afectada a que se refiere la Cláusula 22.
– Cualquier otra causa de resolución señalada expresamente en otras Cláusulas de las presentes Condiciones.
24.2
En el evento de resolución por causa imputable a TC, el Cliente:
– Pagará a TC el importe correspondiente al valor de los equipos y materiales ya entregados con arreglo a los precios establecidos en el pedido.
– Tendrá derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que sufra como consecuencia del incumplimiento de TC, con los límites establecidos en la cláusula 20 de las presentes Condiciones.
– Tendrá el derecho, pero no la obligación:
o De adquirir los equipos y materiales pendientes de entrega, abonando su importe una vez sean entregados.
o De subrogarse en los pedidos emitidos por TC a sus proveedores y/o subcontratistas.
24.3
En el evento de resolución por causa imputable al Cliente, TC tendrá derecho a percibir:
– El importe correspondiente al valor de los equipos y materiales ya entregados con arreglo a los precios establecidos en el pedido.
– El importe de los equipos y materiales pendientes de entrega que TC se vea obligado a recibir de sus subcontratistas y/o proveedores, una vez sean entregados al Cliente.
– El importe de cancelación de los pedidos emitidos por TC a sus proveedores y/o subcontratistas, cuando dicha cancelación sea posible.
– Una indemnización por otros daños y perjuicios que sufra como consecuencia del incumplimiento del cliente.
24.4
En el evento de resolución por causa de Fuerza Mayor, TC tendrá derecho a percibir:
– El importe correspondiente al valor de los equipos y materiales ya entregados con arreglo a los precios establecidos en el pedido.
– El importe de los equipos y materiales pendientes de entrega que TC se vea obligado a recibir de sus subcontratistas y/o proveedores, una vez sean entregados al cliente.
– El importe de cancelación de los pedidos emitidos por TC a sus proveedores y/o subcontratistas cuando dicha cancelación sea posible.
25. Arbitraje.
25.1
Las cuestiones y discrepancias que pueden suscitarse entre las Partes se intentarán resolver en todo caso por vía amistosa. Para el supuesto extremo de que respecto a algún tema resulte imposible llegar a un acuerdo amistoso, se someterá la decisión a un arbitraje de equidad, conforme a las reglas de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, comprometiéndose desde ahora las Partes a cumplir el laudo que recaiga.
26. Derecho aplicable. Sumisión a Jurisdicción y Competencia.
26.1
Las presentes Condiciones serán regidas por, e interpretadas de acuerdo con, las leyes españolas. Las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de España.